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CHECADOR

Factorial frente a un checador de jornada: qué registra cada uno

Compara Factorial con un checador para el registro electrónico de jornada que exige el artículo 132 fracción XXXIV de la LFT en México.

Qué pide la ley al patrón

El artículo 132 de la Ley Federal de Trabajo lista las obligaciones del patrón. Entre ellas está llevar el registro electrónico del inicio y fin de la jornada de cada trabajador y entregarlo a la autoridad cuando lo pida.

Esa obligación es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete. No es un adorno del sistema de nómina: es un documento que el patrón debe poder mostrar.

El artículo 784 reparte la carga de la prueba. En juicio, corresponde al patrón probar la jornada, los días de descanso y el pago cuando tiene los documentos. Por eso un registro incompleto no perjudica al trabajador: perjudica al patrón.

El artículo 804 fija la conservación de los documentos de la relación laboral durante el plazo que marca la ley, incluido el último año y un año después de terminada la relación.

Qué ofrece Factorial en su página de precios

Factorial es una plataforma de recursos humanos con app móvil y web. Su página de precios lista el control horario del empleado dentro del módulo de control horario.

La misma página menciona geolocalización y compensación de horas extra. También incluye múltiples vistas de calendario y avisos de conflicto entre turnos para la planeación de horarios.

El precio publicado es desde $80.10 al mes por persona, en pesos mexicanos, con planes a medida diseñados por un especialista según el caso.

Lo que la página de precios no menciona es un formato de exportación específico para la STPS. Tampoco menciona WhatsApp, Telegram ni hardware biométrico propio: el registro se hace desde la app o la plataforma.

Dónde se separan los dos caminos

Un checador nace del artículo 132 fracción XXXIV. Registra cada entrada y salida con hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado, y lo exporta en el formato que pide la STPS.

Factorial cubre el registro desde su app y su plataforma. La diferencia no está en si se puede checar, sino en qué se hace con el dato después: el formato de entrega a la autoridad.

El artículo 784 explica por qué importa. Si el patrón tiene los documentos, a él le toca probar la jornada. Un registro que no se puede entregar en el formato que la autoridad pide deja esa carga sin respaldo.

El artículo 804 agrega el plazo de conservación. La baja de un trabajador no borra el registro: sólo inicia el plazo.

Faltas, descansos y horas extra

El artículo 47 fracción X permite rescindir sin responsabilidad cuando el trabajador acumula más de tres faltas de asistencia en treinta días sin permiso ni causa justificada. Un checador cuenta esas faltas en ventanas de treinta días y avisa al llegar a cuatro; nunca actúa por sí mismo.

El artículo 69 fija el día de descanso semanal: por cada seis días de trabajo el trabajador disfruta de un día de descanso por lo menos, con goce de salario íntegro. El sistema detecta rachas de siete días trabajados y marca el descanso no otorgado.

El artículo 61 fija los topes: la jornada diurna tiene un máximo de ocho horas, la nocturna de siete y la mixta de siete y media. El artículo 66 permite prolongar la jornada por circunstancias extraordinarias sin exceder el tope diario y semanal que marca la ley reformada.

El artículo 63 pide un descanso de media hora por lo menos en la jornada continua. El registro marca el día cuando el descanso no llegó a treinta minutos.

Incapacidades y suspensiones

El artículo 42 fracción II dice que la incapacidad temporal por riesgo o enfermedad no profesional suspende la obligación de prestar el trabajo sin responsabilidad para nadie.

El artículo 43 fracción II acota esa suspensión: dura desde que el IMSS la certifica hasta que termina el periodo fijado, sin exceder el plazo legal.

Un checador registra la incapacidad como incidencia con el folio del IMSS y la excluye del cómputo de faltas. Toma el rango de fechas de la incapacidad para no contar esos días como ausencia.

Ese detalle cambia el conteo del artículo 47 fracción X. Un día de incapacidad no es una falta injustificada, y el registro debe distinguirlo.

Prenómina y días especiales

El artículo 71 marca la prima dominical: quien trabaja en domingo recibe una prima adicional de veinticinco por ciento sobre el salario ordinario.

El artículo 73 cubre el descanso trabajado: el trabajador que labora en su día de descanso recibe, además del salario, un salario doble por el servicio prestado.

El artículo 74 fija los días festivos del año, incluido el de la transmisión del Poder Ejecutivo cada seis años. El artículo 75 repite la regla del festivo trabajado: además del salario, un salario doble.

El artículo 59 permite repartir las horas de la semana para descansar el sábado por la tarde o cualquier modalidad equivalente. El registro mide el exceso diario contra la jornada pactada, no contra ocho horas fijas.

Preguntas frecuentes

¿Factorial exporta el registro en el formato que pide la STPS?

Su página de precios no menciona un formato de exportación específico para la STPS. Sí lista control horario del empleado, geolocalización y compensación de horas extra.

¿Cuánto cuesta Factorial?

Desde $80.10 al mes por persona, en pesos mexicanos, con planes a medida diseñados por un especialista según el caso.

¿Desde cuándo es exigible el registro electrónico de jornada?

El artículo 132 fracción XXXIV lo hace exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete.

¿Quién debe probar la jornada en un juicio?

El artículo 784 dice que corresponde al patrón probar la jornada, los días de descanso y el pago cuando tiene los documentos.

¿Cuánto tiempo se conserva el registro?

El artículo 804 fija la conservación de los documentos de la relación laboral durante el plazo que marca la ley, incluido el último año y un año después de terminada la relación.

¿Qué pasa si un trabajador acumula faltas?

El artículo 47 fracción X permite rescindir sin responsabilidad cuando acumula más de tres faltas de asistencia en treinta días sin permiso ni causa justificada. El sistema avisa al llegar a cuatro y nunca actúa por sí mismo.