Artículo 66 de la LFT: el tope de las horas extra
Qué tope diario y semanal fija el artículo 66 de la LFT, cómo lo registra CHECADOR y qué multa prevé la ley si se rebasa.
Qué dice el artículo 66 de la LFT
El artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo se titula límite de las horas extra. Su resumen es claro: la jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias sin exceder el tope diario y semanal que marca la ley reformada.
Ese tope no es un acuerdo entre patrón y trabajador. Es una regla legal que acota cuánto puede extenderse la jornada cuando ocurren circunstancias extraordinarias.
La ley reformada fija el tope diario y el tope semanal. Ambos se miden por separado y ambos deben respetarse.
CHECADOR trabaja este artículo en varios módulos: autoResolve.ts, legalParams.ts, overtime.ts, overtimeAuthorization.ts, psychosocial.ts, stpsRow.ts y week.ts. En total, el artículo 66 aparece mencionado treinta veces en el sistema.
Cómo registra CHECADOR el tope diario y semanal
CHECADOR lleva el tope diario y semanal por año. Cada registro de entrada y salida alimenta ese acumulado, de modo que el sistema sabe cuántas horas extra se han consumido en el día y en la semana.
El sistema exige autorización del supervisor para las horas extra. Sin esa autorización, el registro queda marcado y no se computa como tiempo extraordinario autorizado.
CHECADOR alerta al ochenta por ciento del tope. Es decir, cuando el acumulado llega a ese nivel, el sistema emite un aviso para que el patrón y el trabajador revisen la jornada antes de rebasar el límite.
El módulo overtime.ts calcula el tiempo extra; overtimeAuthorization.ts controla quién lo autoriza; week.ts agrupa los registros por semana; y legalParams.ts guarda los parámetros legales que definen el tope.
El plazo para actuar
El sistema maneja una fecha de vencimiento para la revisión de los registros. Esa fecha es el primero de enero de dos mil veintisiete.
Ese plazo sirve para cerrar el periodo de revisión de las horas extra acumuladas. Si el patrón no revisa antes de esa fecha, el registro queda como está.
La fecha de vencimiento no es una sanción automática. Es el punto en el que CHECADOR deja de aceptar ajustes sobre el periodo cerrado.
El módulo deadline.ts es el que administra esa fecha. Los registros que se pretendan corregir después de ese momento ya no se modifican desde la interfaz.
Sanciones por rebasar el límite
El artículo 994 fracción IV Bis de la LFT establece multas para quien no respeta las reglas de horas extra. La multa va de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA.
La UMA 2026 tiene un valor diario de ciento diecisiete punto treinta y uno pesos. Su vigencia corre del primero de febrero de dos mil veintiséis al treinta y uno de enero de dos mil veintisiete, según el INEGI.
Con esos dos datos se puede calcular el rango de la multa. CHECADOR no aplica la multa: sólo registra el tiempo extra y lo deja disponible para la revisión del patrón.
El sistema no garantiza que la multa no llegue. Lo que hace es llevar el tope diario y semanal por año, exigir autorización del supervisor y alertar al ochenta por ciento.
Qué exporta CHECADOR para la revisión
CHECADOR exporta el registro de jornada con las horas extra acumuladas por día y por semana. Esa exportación incluye la autorización del supervisor cuando existe.
El módulo stpsRow.ts genera el renglón que se usa para la revisión ante la autoridad laboral. Ese renglón toma los datos de overtime.ts y week.ts.
El módulo psychosocial.ts también consume el artículo 66, porque la carga de horas extra es un factor que se considera en la evaluación psicosocial.
La exportación no sustituye la revisión del patrón. Es el insumo para que el patrón y el trabajador revisen si el tope se respetó.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tope diario y semanal de horas extra según el artículo 66?
El artículo 66 fija un tope diario y un tope semanal. La jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias sin exceder esos topes. CHECADOR lleva ambos topes por año y alerta al ochenta por ciento.
¿Qué pasa si se rebasa el tope de horas extra?
El artículo 994 fracción IV Bis de la LFT prevé multas de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA. CHECADOR registra el tiempo extra y lo deja para revisión, pero no aplica la multa.
¿Cuánto vale la UMA 2026?
La UMA 2026 tiene un valor diario de ciento diecisiete punto treinta y uno pesos. Su vigencia va del primero de febrero de dos mil veintiséis al treinta y uno de enero de dos mil veintisiete, según el INEGI.
¿Qué fecha de vencimiento maneja el sistema?
CHECADOR maneja como vencimiento el primero de enero de dos mil veintisiete. Después de ese momento ya no se ajustan los registros del periodo cerrado.
¿CHECADOR autoriza las horas extra por mí?
No. CHECADOR exige autorización del supervisor para las horas extra. El sistema registra quién autorizó y cuándo, pero la decisión es del patrón.
¿CHECADOR evita multas por horas extra?
CHECADOR no evita multas. Lo que hace es llevar el tope diario y semanal por año, exigir autorización del supervisor y alertar al ochenta por ciento. La multa la determina la autoridad laboral.