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CHECADOR

Registro de jornada para plantas de manufactura

Cómo registra CHECADOR los tres turnos de una planta manufacturera, clasifica la jornada nocturna y controla las horas extra con autorización previa.

La planta que no detiene la línea

Una planta de manufactura opera con producción en tres turnos para no detener la línea. Ese ritmo incluye un turno nocturno fijo, así que la jornada no se acomoda al horario de oficina ni al calendario de un solo grupo.

El turno A va de las 06:00 a las 14:00 y es diurno. El turno B va de las 14:00 a las 21:30 y es mixto. El turno C va de las 22:00 a las 06:00 y es nocturno.

Casi todo el personal trabaja en un punto fijo: la planta. El registro tiene que funcionar en la caseta de entrada, en la línea y en el acceso de proveedores, sin depender de que alguien recuerde marcar.

Cómo se clasifica cada turno

La ley reparte la jornada en tres tipos según el reloj. La diurna corre entre las seis y las veinte horas. La nocturna corre entre las veinte y las seis. La mixta abarca ambas y comprende menos de tres horas y media del periodo nocturno.

CHECADOR clasifica cada turno por su reloj y avisa cuando una mixta se convierte en nocturna. Ese aviso importa porque el tope de horas cambia con el tipo de jornada.

El turno C cae íntegro en la franja de las veinte a las seis horas, con tope de siete horas de jornada. El turno A, diurno, tiene un tope distinto. El turno B, mixto, tiene el suyo.

La jornada diurna tiene un máximo de ocho horas, la nocturna de siete y la mixta de siete y media. CHECADOR compara lo trabajado contra el tope del tipo de turno y marca el exceso como tiempo extraordinario.

Horas extra cuando se alarga el turno

Un paro de línea se cubre alargando el turno y las horas extra se acumulan sin autorización previa. Ese es el riesgo más común en una planta que no puede dejar la máquina sola.

La jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias sin exceder el tope diario y semanal que marca la ley reformada. CHECADOR lleva el tope diario y semanal por año, exige autorización del supervisor y alerta al ochenta por ciento.

El registro no decide por nadie: deja la solicitud, la autorización y el conteo en el mismo expediente. Así, cuando la autoridad pida el registro, la planta puede mostrar qué se trabajó, quién lo autorizó y cuánto se acumuló.

El registro electrónico que pide la autoridad

El patrón debe llevar un registro electrónico del inicio y fin de la jornada de cada trabajador y entregarlo a la autoridad cuando lo pida. Ese registro es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete.

CHECADOR registra cada entrada y salida con hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado, y lo exporta en el formato que pide la STPS.

En una planta con turno nocturno, la zona horaria y el cambio de día son la parte delicada. El registro guarda la hora exacta de cada marca y la conserva encadenada para que no se altere después.

Sanciones por no llevar el registro

La ley laboral prevé una multa para el patrón que no lleva el registro de jornada. El rango va de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA.

La UMA diaria de dos mil veintiséis es de 117.31 pesos y está vigente del primero de febrero de dos mil veintiséis al treinta y uno de enero de dos mil veintisiete.

Para una planta con tres turnos, el riesgo no es sólo la multa. Sin registro, tampoco hay manera de demostrar cuántas horas se trabajaron ni cuáles se autorizaron.

Qué exporta CHECADOR para la planta

CHECADOR exporta el registro en el formato que pide la STPS. Cada marca lleva hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado.

El sistema también clasifica el turno, compara contra el tope legal y separa el tiempo extraordinario. Con eso, el área de recursos humanos puede revisar el día antes de que se cierre la semana.

La planta conserva el expediente listo para entregarlo a la autoridad cuando lo solicite. No se promete nada más: se registra lo que ocurrió y se muestra tal como ocurrió.

Preguntas frecuentes

¿Cómo distingue CHECADOR un turno nocturno de uno diurno?

Clasifica cada turno por su reloj. La jornada diurna corre entre las seis y las veinte horas; la nocturna entre las veinte y las seis; la mixta abarca ambas con menos de tres horas y media del periodo nocturno. Además avisa cuando una mixta se convierte en nocturna.

¿Cuál es el tope de horas para el turno C de la planta?

El turno C cae íntegro en la franja de las veinte a las seis horas, con tope de siete horas de jornada. CHECADOR compara lo trabajado contra ese tope y marca el exceso como tiempo extraordinario.

¿Qué pasa si se alarga el turno por un paro de línea?

La jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias sin exceder el tope diario y semanal que marca la ley reformada. CHECADOR lleva el tope diario y semanal por año, exige autorización del supervisor y alerta al ochenta por ciento.

¿Qué multa aplica si no hay registro de jornada?

La ley prevé una multa de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA. La UMA diaria de dos mil veintiséis es de 117.31 pesos y está vigente del primero de febrero de dos mil veintiséis al treinta y uno de enero de dos mil veintisiete.

¿Desde cuándo es exigible el registro electrónico de jornada?

El patrón debe llevar un registro electrónico del inicio y fin de la jornada de cada trabajador y entregarlo a la autoridad cuando lo pida. Es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete.

¿Qué datos guarda cada marca en CHECADOR?

Cada entrada y salida se registra con hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado. El sistema lo exporta en el formato que pide la STPS.