Registro de jornada para consultorios privados
CHECADOR registra la entrada y la salida del personal de consultorios privados, controla el descanso de la jornada continua y exporta el registro electrónico.
Cómo es la jornada en un consultorio privado
En un consultorio privado el horario de citas suele ser corrido. El personal atiende a un solo médico o especialista durante todo el día, sin que haya relevos ni turnos que se traslapen.
El turno típico de consulta va de las 09:00 a las 19:00. Es una jornada diurna que se sostiene con la misma persona en recepción, en enfermería o en asistencia durante toda la agenda.
Casi todo el personal trabaja en un solo lugar. El traslado entre sedes es la excepción, no la regla, y el trabajo remoto no forma parte de la operación diaria de un consultorio.
El tope de ocho horas y el horario corrido
La jornada diurna tiene un máximo de ocho horas. Cuando el horario de consulta se extiende de las 09:00 a las 19:00, lo trabajado rebasa ese tope sin que nadie haya autorizado horas extra.
La jornada puede prolongarse por circunstancias extraordinarias, pero sin exceder el tope diario y semanal que marca la ley reformada. Esa prolongación necesita autorización del supervisor y un control aparte.
CHECADOR compara lo trabajado contra el tope del tipo de turno y marca el exceso como tiempo extraordinario. También lleva el tope diario y semanal por año, exige autorización del supervisor y alerta al ochenta por ciento.
En un consultorio el riesgo es silencioso: nadie firma un papel de horas extra, pero la agenda se corre y la salida se recorre con ella. El registro deja ese exceso a la vista.
El descanso que casi nunca llega a media hora
En la jornada continua se concede al trabajador un descanso de media hora por lo menos. En un consultorio, la comida de la recepcionista entre pacientes casi nunca llega a los treinta minutos mínimos.
La agenda no se detiene: entra un paciente, luego otro, y el descanso se parte en ratos cortos que no suman. Sin registro, ese descanso incompleto no se nota en ningún lado.
CHECADOR registra inicio y fin de comida y marca el día cuando el descanso no llegó a treinta minutos. Así el consultorio ve qué días la agenda se comió el descanso completo.
El registro electrónico de jornada
El patrón debe llevar un registro electrónico del inicio y fin de la jornada de cada trabajador y entregarlo a la autoridad cuando lo pida. Es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete.
CHECADOR registra cada entrada y salida con hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado, y lo exporta en el formato que pide la STPS.
Para un consultorio con pocas personas, el registro electrónico no requiere infraestructura propia. Cada quien marca desde su teléfono y el consultorio conserva el historial completo.
El registro cubre al personal de recepción, de enfermería y de asistencia, que es justo el que sostiene el horario corrido de la consulta.
Sanciones por no llevar el registro
La ley prevé una multa para quien no lleva el registro de jornada. El rango va de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA.
El valor diario de la UMA para dos mil veintiséis es de 117.31 pesos, con vigencia del primero de febrero de dos mil veintiséis al treinta y uno de enero de dos mil veintisiete.
La multa se calcula sobre ese valor. Por eso conviene tener el registro al día antes de que la autoridad lo solicite, y no armarlo después con lo que se recuerde.
Qué revisar antes de la fecha límite
El registro electrónico es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete. Un consultorio que empieza a marcar hoy llega a esa fecha con historial, no con una hoja en blanco.
Conviene revisar tres cosas: que cada persona tenga su propia marca de entrada y salida, que el descanso de la jornada continua quede registrado, y que el exceso sobre el tope diurno quede marcado como tiempo extraordinario.
CHECADOR exporta el registro en el formato que pide la STPS. Esa exportación es la que se entrega cuando la autoridad la pide.
El simulador del escenario normal muestra cómo se ve un día de consultorio con horario corrido, con el exceso marcado y el descanso medido.
Preguntas frecuentes
¿CHECADOR sirve para un consultorio con una sola recepcionista?
Sí. El registro electrónico aplica a cada trabajador, sin importar el tamaño del centro de trabajo. La recepcionista marca su entrada y su salida, y el consultorio conserva ese historial.
¿Qué pasa si el horario de consulta rebasa las ocho horas?
CHECADOR compara lo trabajado contra el tope del tipo de turno y marca el exceso como tiempo extraordinario. Ese exceso necesita autorización del supervisor y se controla contra el tope diario y semanal.
¿Cómo se registra la comida entre pacientes?
CHECADOR registra inicio y fin de comida y marca el día cuando el descanso no llegó a treinta minutos. En la jornada continua el descanso mínimo es de media hora.
¿De cuánto es la multa por no llevar el registro?
El rango va de doscientas cincuenta a cinco mil veces la UMA. El valor diario de la UMA para dos mil veintiséis es de 117.31 pesos.
¿Desde cuándo es exigible el registro electrónico?
Es exigible desde el primero de enero de dos mil veintisiete. El patrón debe llevar el registro del inicio y fin de la jornada de cada trabajador y entregarlo a la autoridad cuando lo pida.
¿En qué formato se entrega el registro?
CHECADOR lo exporta en el formato que pide la STPS. Cada marca incluye hora, zona horaria, ubicación y hash encadenado.